El Ministerio de Educación Nacional expidió el 20 de marzo del 2020 la Directiva No. 03, dirigida a los colegios privados con el fin de emitir lineamientos respecto al desarrollo no presencial de las clases, la modificación del calendario académico y el cobro de matrículas.

En esta circular, se determina que ningún establecimiento educativo privado puede adelantar clases presenciales hasta el 20 de abril de 2020, y se recuerda que el cobro por los servicios de alimentación y transporte escolar, debe estar necesariamente vinculado a la prestación efectiva de dichos servicios.

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