Bogotá D.C., 7 de marzo de 2023.

Si bien, a la fecha, no existe un documento formal al que se le pueda atribuir el contenido de la reforma laboral, hemos preparado el resumen de los puntos por considerar que puede sumar al debate y análisis empresarial.

Los principios de la norma del trabajo aplicarán a todos los trabajadores, con independencia del mecanismo de vinculación y la formalidad o informalidad. Sin embargo, la reforma se enfoca en el principio de favorabilidad y la regulación de la transacción.

La Regulación del principio de favorabilidad:

Con base en el escrito de la reforma, el principio de favorabilidad tendría un mayor desarrollo, para lo cual se incluyen las siguientes reglas:

  1. Regla de la favorabilidad. Siempre que exista más de una fuente formal de derecho que regulen la misma situación, deberá prevalecer la más favorable al trabajador.
  2. Regla del Indubio pro-operario. La duda en relación con la apreciación de la prueba, interpretación o aplicación de cualquier fuente formal del derecho se decidirá de forma favorable al trabajador.
  3. Regla de la condición jurídica más beneficiosa. Se aplicará la norma más favorable al trabajador así no esté vigente. El requisito es que la norma a aplicar haya tenido vigencia para su destinatario en algún momento, así no sea la inmediatamente anterior.
  4. Regla pro homine o pro-persona. Las autoridades adoptarán la interpretación de las normas jurídicas que sean más favorables a la persona, con base en los derechos humanos, fundamentales, dignidad humana.

Regulación de la transacción y conciliación: Condiciona la transacción a la existencia precisa y concreta del asunto conciliado o transigido. Carece de validez la conciliación o transacción que se haga de manera genérica e indeterminada, sin precisar su objeto.