Bogotá D.C., 7 de marzo de 2023.
Si bien, a la fecha, no existe un documento formal al que se le pueda atribuir el contenido de la reforma laboral, hemos preparado el resumen de los puntos por considerar que puede sumar al debate y análisis empresarial.
Los principios de la norma del trabajo aplicarán a todos los trabajadores, con independencia del mecanismo de vinculación y la formalidad o informalidad. Sin embargo, la reforma se enfoca en el principio de favorabilidad y la regulación de la transacción.
La Regulación del principio de favorabilidad:
Con base en el escrito de la reforma, el principio de favorabilidad tendría un mayor desarrollo, para lo cual se incluyen las siguientes reglas:
- Regla de la favorabilidad. Siempre que exista más de una fuente formal de derecho que regulen la misma situación, deberá prevalecer la más favorable al trabajador.
- Regla del Indubio pro-operario. La duda en relación con la apreciación de la prueba, interpretación o aplicación de cualquier fuente formal del derecho se decidirá de forma favorable al trabajador.
- Regla de la condición jurídica más beneficiosa. Se aplicará la norma más favorable al trabajador así no esté vigente. El requisito es que la norma a aplicar haya tenido vigencia para su destinatario en algún momento, así no sea la inmediatamente anterior.
- Regla pro homine o pro-persona. Las autoridades adoptarán la interpretación de las normas jurídicas que sean más favorables a la persona, con base en los derechos humanos, fundamentales, dignidad humana.
Regulación de la transacción y conciliación: Condiciona la transacción a la existencia precisa y concreta del asunto conciliado o transigido. Carece de validez la conciliación o transacción que se haga de manera genérica e indeterminada, sin precisar su objeto.