Facturación

Abr 25, 2021

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Obligación de facturar

Se modificarían los obligados incluyendo entidades o personas con o sin personería jurídica, tengan o no la calidad de comerciantes, que presten servicios, enajenen bienes tangibles, intangibles, derechos o realicen ventas a consumidores finales.

Se excluirían las personas naturales únicamente respecto de ingresos que deriven de salarios, pensiones y ganancias ocasionales.

Libro fiscal

Deberá se desmaterializado, la DIAN establecerá condiciones para ello.

Sistemas de facturación

Factura de venta, factura electrónica y documentos equivalentes. La factura en talonario o papeles sólo sería válida en eventos de inconvenientes tecnológicos.

Las facturas electrónicas deberán ser validadas por la DIAN en todos los casos.

Reglamento de los sistemas de facturación:

  • Definiendo el sistema que debe adoptar el obligado.
  • Reglas de excepción.
  • Estableciendo requisitos, condiciones, características de los sistemas y mecanismos de generación.
  • Circulación de facturas electrónicas.
  • Interacción de la facturación con inventarios, sistemas de pago, IVA, impuesto al consumo, retención en la fuente, contabilidad, etc.

 

Documento POS sólo podrán ser expedidos por ventas de bienes o servicios iguales o inferiores a 30 UVT ($1.089.240)

Operaciones en las que aplicaría:

  • Nómina;
  • Importaciones;
  • Exportaciones;
  • Ingresos;
  • Costos;
  • Gastos;
  • Beneficios tributarios;
  • Pagos a no obligados a facturar;
  • Documentos e información que constituyan soporte de obligaciones establecidas en el ET, distintos de la factura de venta o el documento equivalente.
No obligados a facturar

Bancos, Corporaciones financieras, de ahorro y compañías de financiamiento comercial en la venta de bienes o prestación de servicios únicamente hasta el 31 de mayo de 2022.

Sujetos cuyos ingresos brutos no superen 1400 UVT ($50.831.200)

Obligación de exigir factura

Para el control de ventas cuando se trate de operaciones a crédito o con plazos para el pago además de exigir la factura o documento equivalente, el adquirente deberá confirmar el recibido mediante mensaje electrónico.

Facultad de la DIAN de exigir factura

Para verificar la expedición de la factura la DIAN podrá solicitar en lugares públicos dichos documentos a los adquirentes y en caso de que no cuenten con ellos podrá imponer sanción de cierre de establecimiento.

Sanciones en facturación

Sanciones por incumplimiento en sistemas de facturación:

  • Expedición de factura o DE sin requisitos: Sanción del 1% de las operaciones.
  • No implementación de sistemas de facturación en el plazo: Sanción por mes en UVTs según sea micro, pequeña, mediana o gran empresa.
  • No transmisión o fuera del plazo de información de facturas: Sanción del 1% de las operaciones.
  • Incumplimiento de la implementación de la interacción de los sistemas de facturación: Sanción por mes en UVTs según sea micro, pequeña, mediana o gran empresa.
  • Las sanciones tendrían límite por monto máximo diferente según el infractor sea micro, pequeña, mediana y gran empresa.
  • Cierre del establecimiento por reincidencia.

 

Sanciones por no expedir y entregar factura o documento equivalente:

  • Cierre del establecimiento.
  • Se entendería que no se expide factura o documento equivalente cuando éste se expida o entregue sin cumplimiento de las condiciones, los términos y los mecanismos técnicos y tecnológicos establecidos por la DIAN.

 

Sanción por incumplir calendario de implementación o por no dar acceso al software de facturación:

  • Cierre del establecimiento.

 

Sanciones a los proveedores tecnológicos

Para verificar la expedición de la factura la DIAN podrá solicitar en lugares públicos dichos documentos a los adquirentes y en caso de que no cuenten con ellos podrá imponer sanción de cierre de establecimiento.

Factura electrónica como soporte

Para la procedencia de costos y deducciones e impuestos descontables se requiere factura de venta, documento equivalente y/o documentos electrónicos establecidos en la ley.