Promoción del aceso al empleo
Se trataría de un programa en el que solamente existiría la obligación de efectuar por los trabajadores que se contraten las cotizaciones al sistema de riesgos laborales
Darían derecho al beneficio la contratación de (i) jóvenes menores de 28 años que accedan a su primer empleo, (ii) personas no beneficiarias de pensiones de vejez, familiar o de sobrevivencia, que hayan alcanzado la edad de pensión y no hayan recibido devoluciones de saldos o indemnizaciones sustitutivas, (iii) personas en situación de discapacidad no inferior al 25%, o (iv) mujeres mayores de 40 años que durante los últimos 12 meses hayan estado sin contrato de trabajo, (v) aprendices del SENA adicionales a los previstos legalmente.
La remuneración del empleado no sería superior a 3 SMMLV.