¿Qué es el abuso del derecho de voto?
La Ley 1258 de 2008 en su artículo 43 introdujo expresamente la figura del abuso del derecho de voto, la cual establece que “se considerará abusivo el voto ejercido con el propósito de causar daño a la compañía o a otros accionistas o de obtener para sí o para un tercero ventaja injustificada”. De lo anterior, se puede concluir que es una figura de protección de los derechos de los accionistas que permite cuestionar las decisiones asamblearias que buscan el detrimento de uno o varios accionistas en particular, en beneficio de otro u otros accionistas1.

La consecuencia legal del abuso del derecho de voto
La figura aplica cuando, a pesar de que se cumplen las normas sustanciales de la asamblea general de accionistas sobre convocatoria, quórum y mayorías decisorias, se lesiona a uno o varios accionistas y se vota arbitrariamente en beneficio de otros. Por tal razón, la consecuencia legal del ejercicio abusivo del derecho de voto es la nulidad de la decisión asamblearia correspondiente. Esto significa que se reversan los efectos de la decisión tomada para volver las cosas a su estado anterior junto con los perjuicios causados.

Cómo probar el abuso del derecho del voto
La figura del abuso del derecho del voto requiere una alta carga probatoria del demandante. Esto se debe a que formalmente la decisión se tomó en cumplimiento de lo previsto en la ley, razón por la cual hay que probar lo siguiente:

  1. Sufrimiento de un perjuicio. El demandante debe probar que debido a la decisión del accionista que abusó de su derecho, este le causó un perjuicio al demandante o a la sociedad o recibió una ventaja injustificada.
  2. Motivación detrás del ejercicio del derecho del voto. El demandante debe probar que el accionista ejerció el derecho del voto con el propósito y la intención de causar ese perjuicio o esa ventaja injustificada.

Al respecto, la Superintendencia de Sociedades ha desarrollado los siguientes indicios para analizar si hubo o no intensión de causar daño:

  • La existencia de un conflicto previo entre los accionistas.
  • Maniobras sigilosas para llevar a cabo la decisión. Es decir, tomar la decisión de manera furtiva.
  • El comportamiento de los accionistas que pueda entenderse como intención dañosa.

Es importante tener presente que la Superintendencia de Sociedades ha aceptado comúnmente para desvirtuar la intención de daño que se puedan probar los móviles legítimos para la toma de la decisión impugnada.

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1 En el referido artículo se contempla que el abuso del derecho de voto puede darse en el caso de mayorías, de minorías y de paridad.

Escrito por Cristina Uribe asociada de Corporativo, Fusiones & Adquisiciones.