Juan y Andrés se encontraron charlando un día sobre la necesidad de potencializar las tiendas de barrio, en decadencia por el boom de las aplicaciones de mercado a domicilio. En el desarrollo de ese interés, ambos decidieron renunciar a sus trabajos y crear una aplicación que les permitiera a los tenderos ofrecer sus productos. Luego de una primera ronda pre-seed, en la que invirtieron las tres efes (Family, Fools and Friends), el emprendimiento fue elegido para ser acelerado por una importante aceleradora, situación que les sirvió para posicionarse y buscar su expansión hacía otros países de Latinoamérica. El emprendimiento necesitaba capital para cumplir con la meta de expansión, por lo que Juan y Andrés comenzaron a buscar inversionistas. En esa búsqueda, conocieron a Axel, un fondo de venture capital que decidió invertir bajo la condición de incluir en el acuerdo de inversión un derecho de suscripción preferente en la emisión de acciones y una cláusula anti-dilución. Juan y Andrés no sabían lo comunes que eran tipo de cláusulas, pues, al tratarse de venture capital, los inversionistas buscaban siempre proteger el valor de su inversión ante eventuales diluciones accionarias y económicas, en caso de que, como pudiere ser previsible, los emprendedores buscarán inversión adicional. Juan y Andrés, propusieron incluir únicamente la cláusula de suscripción preferente, entendiendo que el fondo debía mantener su participación en los porcentajes iniciales en el evento en el que ingresaran nuevos inversionistas. Sin embargo, el fondo les explicó que esa cláusula solo los protegía de una dilución accionaria y no económica, ya que esta última se daba en aquellos eventos en los que nuevos inversionistas adquirían acciones a un precio inferior (down round) al pagado por el fondo inicialmente; razón por la cual debían incluirse los dos tipos de cláusulas, en la medida en que regulaban aspectos diferentes. Emprendedores Colombianos oficina En la negociación de la cláusula de anti-dilución económica, el fondo propuso una cláusula tipo full ratchet, la más proteccionista para el inversor ya que busca compensar la totalidad de la dilución económica, obligando al emprendimiento a emitir acciones adicionales a favor del fondo con el fin de que su participación sea igual a la que hubiese tenido si el precio pagado hubiese sido el mismo que pagó en una ronda de inversión posterior; ronda en la que nuevos inversionistas adquirieron acciones a un precio inferior al inicialmente pagado por el fondo. En línea con lo recomendado por sus asesores legales, Juan y Andrés plantearon la inclusión de una cláusula tipo weighted average price o de precio medio ponderado. Este mecanismo era menos fuerte para ellos, pues no busca igualar el precio por acción del fondo con el precio inferior pagado en una nueva ronda, sino que realiza una ponderación entre el valor que tenía el emprendimiento antes (pre-money) y después (post-money) de realizada la ronda para calcular el ajuste a favor del fondo. El fondo no aceptó, pero propuso la inclusión de un pay to play, mecanismo bajo el cual la cláusula full ratchet sólo se activaría si el fondo participaba en futuras rondas de inversión. Juan y Andrés aceptaron. En definitiva, los servicios legales son claves para los emprendimientos; si Juan y Andrés no se hubiesen asesorado, el desenlace de la historia hubiese sido diferente. Los emprendedores deben intentar negociar y entender las consecuencias de lo que acuerdan. Escrito por Jorge Andrés Beetar, asociado de los grupos de práctica Corporativo y, Fusiones & Adquisiciones.

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