Bogotá D.C., 21 de octubre de 2022.

El pasado 14 de octubre de 2022, el Ministerio de Educación Nacional expidió la Resolución 020310 de 2022 (la “Resolución”), mediante la cual estableció los parámetros para fijar las tarifas de matrícula, pensiones y cobros periódicos del servicio de educación preescolar, básica y media prestado por los establecimientos educativos de carácter privado para el año escolar que inicia en el año 2023.

En esta Resolución vemos que el Ministerio de Educación adoptó una nueva versión del Manual de Autoevaluación y Clasificación de Establecimientos Educativos Privados, por lo que la versión vigente del Manual es la 10 y es la que debe utilizarse al diligenciar la información en el sistema EVI.

En relación con el porcentaje de incremento, la Resolución establece que los establecimientos educativos clasificados en el régimen de libertad regulada por certificación o acreditación de calidad, para el año académico que inicie en la vigencia del año 2023, podrán incrementar la tarifa anual en el diez punto ochenta y cuatro por ciento (10.84%), que corresponde al Índice de Precios al Consumidor anual con corte a agosto de 2022.

Adicionalmente, los establecimientos pueden incrementar sus tarifas en los siguientes porcentajes si cumplen con las condiciones para ello:

  • En el cero punto cinco por ciento (0.5%) si el establecimiento educativo cuenta con certificación o acreditación de calidad.
  • En el cero punto veinticinco por ciento (0.25%) para incentivar la implementación de estrategias de educación inclusiva y el Decreto 1421 de 2017.

Por lo anterior, el porcentaje máximo en el que los establecimientos educativos pueden incrementar las tarifas es de once punto cincuenta y nueve por ciento (11.59%) si cumplen con todas las condiciones. Les recordamos que el incremento se aplica sobre la tarifa autorizada para el año y grado anterior, y que respecto del primer grado existe libertad para fijar la tarifa.