Bogotá D.C., 28 de junio de 2024.

¿Cuáles son las obligaciones de la Ley Dejen de Fregar?

El pasado 26 de junio de 2024, la Superintendencia de Industria y Comerio (“SIC) expidió la Circular 001 de 2024, mediante la cual analizó su competencia respecto de la aplicación de la Ley 2300 de 2023 mejor conocida como “Ley Dejen de Fregar” y precisó determinadas obligaciones que le asisten a los proveedores y productores de bienes y servicios de cara a dicha ley.

Frente a su competencia, la SIC indicó que está facultada para tramitar las quejas, reclamos y denuncias que se presenten para amparar el derecho fundamental de habeas data respecto de las comunicaciones con fines de cobranza, comerciales o publicitarios y la obtención de la autorización para el tratamiento de datos personales de los titulares para dichos fines.

Por otro lado, la SIC estableció la obligación para los productores de bienes y servicios de consultar el listado del “Registro de Números Excluidos” (“RNE”) el cual es administrado por la Comisión de Regulación de las Comunicaciones (CRC). Lo anterior, para efectos de conocer si los titulares de la información se han inscrito en dicho registro y los canales que tienen restringidos para el envío de comunicaciones de prospección comercial.

Así mismo, la SIC afirmó que las autorizaciones para realizar comunicaciones publicitarias que hayan sido otorgadas con anterioridad a la inscripción del titular de los datos en el RNE se entienden revocadas. Del mismo modo, la autoridad aclaró que cuando el titular de los datos otorga su autorización para ser contactado con fines comerciales y publicitarios después de su última inscripción en el RNE, el responsable o encargado del tratamiento podrá contactarlo y remitirle información de conformidad con lo dispuesto en la ley y la autorización otorgada.

¿Cuáles son las sanciones por el incumplimiento de esta Ley?

El incumplimiento de estas disposiciones por parte de los productores y proveedores de bienes y servicios facultaría a la SIC a imponer sanciones hasta por 2.000 salarios mínimos, suspensión de las actividades ligadas con el tratamiento de datos personales hasta por 6 meses y cierre o clausura de las operaciones una vez transcurrido el término de suspensión sin que se hubieran adecuado las operaciones.

 

En caso de tener alguna inquietud sobre las medidas que se deben implementar dentro de su organización para garantizar el cumplimiento de la normativa relevante en materia de protección de datos personales, incluyendo las disposiciones introducidas por la Ley 2300 de 2023, no dude en contactarnos.

En caso de que requieras apoyo en la implementación de estas nuevas obligaciones, no dudes en contactarte con Andrés Fernández de Castro