Bogotá D.C., 02 de octubre de 2023.

Escrito por: Catalina Prieto de Banca, Finanzas & Mercado de Capitales

 

La financiación de proyectos ha venido afianzándose en el país, con la participación no sólo de la banca internacional y multilateral, sino también con la participación activa de la banca local.

En los años recientes, los proyectos de generación de energía de fuentes renovables han tomado particular relevancia debido a la importancia que ha dado el gobierno a la aceleración de la sustitución de energías convencionales por otras de fuentes limpias en la matriz energética del país, dentro de la denominada “transición energética justa” que va en línea con los compromisos adquiridos por Colombia en el Acuerdo de Paris de 2015, ratificado mediante la Ley 1844 de 2017 y desarrollados a través de otras normas como la Ley 1931 de 2018, más conocida como ley del cambio climático.

Dentro de los proyectos de generación de energía de fuentes renovables, se encuentran los sustentados en tecnología eólica. A la fecha, según el registro público administrado por la Unidad de Planeación Minero-Energética (“UPME”), en Colombia hay 37 proyectos de este tipo registrados en Fase II, lo que implica que ya cuentan con un estudio de factibilidad, un esquema financiero definido, y el concepto de la autoridad ambiental competente sobre la necesidad de contar con licencia ambiental, entre otros. La mayoría de dichos proyectos se encuentran ubicados en el departamento de La Guajira y a la fecha presentan serios retrasos en la obtención de licencias ambientales, que son el hito fundamental para poder dar inicio a su construcción (i.e. proyectos Parque eólico JK3 y JK4). Adicionalmente, en algunos de los proyectos que ya cuentan con la licencia ambiental, existen retrasos significativos e inclusive una suspensión total de la construcción, debido a la falta de infraestructura de conexión necesaria para poder evacuar la energía generada (i.e. proyectos Acacia 2, Alpha, Beta, Parque eólico JK1, JK2, JK3 y JK4, EO200i y Camelia) y a problemas de tipo social con las comunidades en el área de influencia del proyecto (i.e. proyecto Windpeshi).

Actualmente, varios de estos proyectos no cuentan con financiación externa y su construcción se ha sufragado únicamente con dineros de sus promotores. Resulta además preocupante que algunos de estos proyectos, entre los que se encuentran Alpha, Beta, JK1, Acacia 2 y Camelia, cuentan ya con adjudicaciones de PPA’s a largo plazo,  de acuerdo con el proceso de selección adelantado bajo lo dispuesto en la Resolución 40590 de 2019 expedida por el Ministerio de Minas y Energía, lo que implica que ya cuentan con obligaciones de venta de energía en firme, que debido al retraso en la construcción y entrada en operación de los proyectos, que se estimaba debía suceder entre los años 2021 y 2023, han tenido que cumplir adquiriendo la energía en bolsa a precios superiores a los estimados en su modelo de negocio inicial.

Con este panorama, a pesar de ser un tema primordial en la agenda política del gobierno, resulta improbable que un financiador pueda presentar un proyecto de energía eólica de forma exitosa a su comité de crédito.

Para que los financiadores presenten proyectos de este tipo ante sus comités, adelantan estudios de bancabilidad, cuyo propósito esencial es determinar qué riesgos existen y cómo se podrían mitigar para que su financiación sea viable. Dentro de los aspectos más relevantes en un estudio de bancabilidad se encuentran principalmente: la correcta distribución de las actividades, responsabilidades y riesgos para la entrada en funcionamiento del proyecto, una vez en operación la trazabilidad y estabilidad de los flujos que servirán para el pago de la deuda y los asuntos relacionados con autorizaciones gubernamentales, principalmente los ambientales y prediales. Con esta revisión, los financiadores construyen su caso de negocio, con miras a presentar en sus comités de crédito proyectos financiables.

En ese contexto, la realidad antes descrita sugiere que así se llegue a aprobar a nivel de comités de crédito la suscripción de los documentos para una financiación, en todo caso no se llegaría al desembolso por no poder cumplir con la condición precedente de la obtención de la licencia ambiental y la ausencia de problemas con comunidades y así se obtuviera la licencia ambiental no es clara la forma de mitigación del riesgo de demora en la construcción y por lo anterior, los flujos del proyecto, a pesar de, en algunos casos, contar con PPA’s de largo plazo, se verían completamente comprometidos debido al retraso de la entrada en operación de los proyectos.

Para lograr una verdadera transición energética es necesario que la autoridad gubernamental con potestad para aprobar licencias ambientales dé celeridad a estos procesos, sin desnaturalizar la finalidad de protección y mitigación del daño ambiental.  Resulta inconveniente la gran incertidumbre producida por la demora en el avance de los procesos, con casos en los que incluso los promotores se han visto obligados a reiniciar sus solicitudes desde ceros, después de altas inversiones en los procesos de solicitud iniciales. Por otro lado, es necesario que las autoridades gubernamentales encaminen los procesos de consultas previas con las comunidades. Como lo ha dicho la Corte Constitucional (Sentencia SU-123 de 2018), las consultas previas, salvo que el proyecto implique un riesgo a la supervivencia física y cultural de la comunidad, no se pueden convertir en una piedra en el zapato para avanzar en el camino de la transición energética que tanto importa para este país, para el planeta y para las mismas comunidades.