El 07 de octubre de 2020, el Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40295 mediante la cual fueron establecidos y desarrollados los criterios técnicos para el desarrollo de proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos costa afuera en Colombia, con el fin de fomentar su desarrollo seguro y sostenible.
Con base en lo anterior, se establece que la Resolución aplicará a los operadores y proveedores de servicios petroleros para actividades off-shore, quienes se verán obligados a dar cumplimiento al contenido de la Resolución y en caso de que quieran aplicar otras normas, deberán solicitarlo formalmente a la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), justificando técnicamente el cambio de normativa aplicable.
La Resolución establece, entre otros, los siguientes criterios técnicos que deben ser tenidos en cuenta y cumplidos por los interesados en desarrollar este tipo de actividades:
- Seguridad de los procesos: De manera previa al inicio de las operaciones, los operadores deberán presentar el programa de Gestión de Seguridad de Procesos.
- Competencia del personal: El operador deberá garantizar que su personal cuente con la experiencia certificada necesaria para desarrollar las actividades, tanto para la seguridad de los procesos como para responder emergencias.
- Perforación de pozos: La maquinaria usada para realizar la perforación deberá cumplir con el Código Internacional para la Construcción y el Equipo de Unidades Móviles de Perforación Mar Adentro. Asimismo, se deberá asegurar que las actividades se desarrollen en condiciones mecánicas y estructurales apropiadas, garantizando así la integridad del pozo.
- Intervención de pozos: Para realizar cualquier actividad que se considere como de intervención, se deberá solicitar a la ANH la autorización de los trabajos a través de la respectiva forma 7CR.
- Producción de pozos: De manera previa, se deberá presentar ante la ANH el plan de desarrollo para las operaciones, el cual deberá contener la información básica de los diseños y diagramas de la estructura que se usará.
De otra parte, se establece que la ANH directamente o mediante un tercero, podrá realizar inspecciones programadas a los equipos usados dentro de la operación, con el objetivo de evidenciar que los equipos usados si cumplan con el contenido de la Resolución.
Finalmente, se establece como régimen de transición que los contratos vigentes en fase de explotación deberán dar cumplimiento a la Resolución en lo relacionado con las actividades de perforación, completamente e intervención de pozos, mientras que para la producción se deberá seguir aplicando la normativa previa.