En seguimiento de la actualidad normativa que afecta la practica inmobiliaria y urbanística en el país, en el presente boletín actualizamos y consolidamos la situación de algunas entidades y trámites, con ocasión de las medidas tomadas para controlar la pandemia ocasionada por el COVID-19, dentro del nuevo periodo de apertura gradual que está siendo aplicado por el Gobierno Nacional.

  1. OFICINAS DE REGISTRO DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS:

Las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos han tenido una apertura gradual desde el mes de abril de este año, las primeras en ser abiertas fueron aquellas localizadas en las grandes ciudades y los asentamientos urbanos de tamaño mediano, a través de la Resolución 3659 de 2020, el Gobierno Nacional determinó que “la Superintendencia de Notariado y Registro, habilitará la atención al público y levantará la suspensión de términos, mediante acto administrativo, por oficina o grupo de oficinas de registro de instrumentos públicos, previa validación de la implementación de los protocolos de bioseguridad encaminados a mitigar el riesgo de contagio tanto de usuarios como de servidores públicos”. Posteriormente, se expidió la Resolución 03931 del 14 de mayo de 2020 por el Superintendente de Notariado y Registro, mediante la cual se autorizó la apertura de las siguientes oficinas por considerar que se cumplieron las condiciones establecidas anteriormente:

“Abejorral, Agua de Dios, Aguachica, Aguadas, Amalfi, Ambalema, Apartadó, Apiá, Armenia, Armero – Guayabal, Barichara, Barrancabermeja, Belén de Umbría, Buenaventura, Cáchira, Cajamarca, Calarcá, Caloto, Cáqueza, Caucasia, Chaparral, Charalá, Chimichagua, Chinácota, Chínú, Chiquinquirá, Chocontá, Concepción, Contratación, Convención, Dadeiba, Dosquebradas, Duitama, El Banco, El Carmen de Bolívar, Filandia, Florencia, Fresno, Fundación, Fusagasugá, Gachetá, Garagoa, Girardot, Girardota, Guadalajara de Buga, Guapi, Guateque, Honda, Ibaque, Inírida, Ituango, Jericó, La Ceja, La Cruz, La Dorada, La Mesa, La Palma, La Plata, Lorica, Magangué, Maicao, Manzanares, Mocoa, Mompos, Moniquirá, Neira, Ocaña, Orocue, Pamplona, Pensilvania, Pitalito, Puente Nacional, Puerto Asis, Puerto Boyacá Puerto López, Puerto Tejada, Purificación, Ramiquirí, Riosucio, Roldanillo, Sabanalarga, Sahagún, Salamina, Salazar de las Palmas, San Andrés Santander, San Gil, San Juan del Cesar, San Luis de Since, San Vicente de Chucuri, San Vicente del Caguán, Santa Bárbara, Santa Rosa de Cabal, Santa Rosa de Osos, Santa Rosa de Viterbo, Santafé de Antioquia, Santo Domingo, Santuario, Sibundoy, Simiti, Sitionuevo, Soacha, Soatá, Socha, Socorro, Sogamoso, Sopetrán, Tulúa, Turbo, Urrao, Vélez, Villa de San Diego de Ubaté, Yarumal, Yolombo, Zapatoca.”

Con dicha apertura, ya son más de cien (100) Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos que se encuentran abiertas en el país, con sus respectivos protocolos de bioseguridad en el siguiente horario:

“Horario especial. Autorizar un horario especial de atención en todas las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del país, de 8:00 a. m. a 1:00 p. m., en jornada continua.”

Además, contarán con una limitación del número de personas que podrán encontrarse en la oficina en cualquier momento, esta limitación es de cinco (5) personas.

Adicional a lo anterior en el mes de noviembre La Superintendencia de Notariado y Registro ha habilitado la prestación del servicio en las 195 Oficinas de Registro de Instrumentos públicos, por medio de la Resolución No. 07586 de 2020 se autorizó un horario de atención de 8:00 am a 12:00m y de 1:00 pm a 4:00pm.

Por otro lado, desde el 10 de noviembre de 2020 hasta nuevo aviso no habrá atención al público en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá – Zona Centro, debido a que una persona fue diagnosticada para COVID-19.

De igual manera se seguirá prestando el servicio de las mencionadas oficinas de forma virtual.

  1. NOTARÍAS:

Mediante la Resolución 06034 del 29 de julio de 2020, la Superintendencia de Notariado y Registro, estableció nuevas fechas y horarios de atención para las Notarías a nivel nacional con las siguientes condiciones:

  • Como regla general, la prestación del servicio público notarial se realizará en un horario de 9:00 am a 4:00pm de lunes a viernes. Esta medida rigió hasta el 1 de septiembre de 2020, aún no se han fijado las nuevas normas al respecto.
  • Como regla especial, las notarías ubicadas en los departamentos de Córdoba, Atlántico, Bolívar y Chocó, que presentan altos picos de contagio aún, se fija un horario único para la prestación del servicio público notarial de 8:00am a 1:00pm.
  • Por su parte, las notarías 79 y 80 del círculo de Bogotá D.C., ubicadas en el Aeropuerto Internacional El Dorado, se habilitará la prestación del servicio público notarial de lunes a domingo, con jornada de cinco (5) horas diarias, en los siguientes horarios:
    • Notaría 79: De 1:00pm a 6:00pm
    • Notaría 80: De 8:00am a 1:00pm
  • La prestación del servicio público notarial se continuará prestando los sábados de acuerdo con lo establecido en la Resolución de turnos 617 del 27 de enero de 2020.
  • Se continuará prestando el servicio público notarial a domicilio, especialmente para las personas en situación de vulnerabilidad y para sujetos de especial protección constitucional.
  • La prestación del servicio público notarial se deberá realizar de acuerdo con la normativa y protocolos establecidos por el Gobierno Nacional respecto de bioseguridad con el fin de proteger a los usuarios y a los servidores públicos.

 

  1. SECRETARÍA DE PLANEACIÓN DE BOGOTÁ:

La Secretaría de Planeación de Bogotá levantó los términos procesales y plazos y procedimientos y actuaciones administrativas de su competencia mediante las siguientes resoluciones:

  • Resolución No. 079 del 16 de junio de 2020: Por medio de esta resolución, se reanudaron los términos procesales y plazos de los siguientes procedimientos y actuaciones administrativas:
    • Subsecretaría jurídica: recursos de apelación contra los actos de curadores urbanos que resuelven solicitudes de licencias urbanísticas, resoluciones de recursos de reposición y solicitudes de revocatoria directa de competencia de esta entidad y recursos de apelación interpuestos contra decisiones de Inspectores Distritales de Policía relacionadas con comportamientos contrarios a la Integridad Urbanística.
    • Dirección de Legalización y Mejoramiento Integral de Barrios: procesos de legalización y regularización urbanística de asentamientos humanos.
    • Dirección de Planes Parciales: Trámite de solicitud y expedición de conceptos de determinantes para la formulación de planes parciales y trámite de revisión y aval de certificaciones de aportes por URAS.
    • Dirección de Planes Maestros y Complementarios: procesos de planes de regularización y manejo.
    • Dirección de Economía Urbana: Todas las actuaciones definidas en las funciones asignadas por el artículo 21 del Decreto Distrital 016 de 2013.
    • Dirección de Estratificación: Todas las actuaciones definidas en las funciones asignadas por el artículo 27 del Decreto Distrital 016 de 2013.
  • Resolución No. 0926 del 28 agosto 2020: Por medio de esta resolución, la Secretaría de Planeación de Bogotá levantó, a partir del 1de septiembre de 2020, los términos procesales y plazos de los procedimientos y actuaciones administrativas de su competencia, que no habían levantados ya por la Resolución 0719.
  • La Secretaria de Planeación implementa la atención de citas virtuales personalizadas, mediante la línea 195.

 

  1. CURADURÍAS URBANAS DE BOGOTÁ

Las curadurías urbanas de Bogotá se encuentran prestando atención personalizada a los usuarios y terceros interesados, así como consultas virtuales. Cada curaduría es autónoma en establecer los horarios de atención los cuales de encuentran a continuación:

Curaduría 1: Atención presencial; lunes a viernes de 8am a 12m, atención y tramites virtuales.

Curaduría 2: Atención presencial para consultas verbales: lunes a viernes de 8am a 4:30pm, atención de vecinos, terceros e interesados: lunes a viernes de 8am a 12m.

Curaduría 3: Se realizan consultas virtuales mediante la página web y línea de atención a cliente, de manera presencial de lunes a viernes de 8am a 4pm

Curaduría No. 4: Se realizan consultas virtuales mediante la página web y línea de atención a cliente, conceptos de uso, reparaciones locativas, conceptos de norma, radicaciones virtuales y pagos de conformidad con lo establecido en el Auto No. 11001-4-20-2810 del 27 de agosto de 2020.

Curaduría No. 5: Implementa la oficina virtual como un medio de atención y comunicación alternativa con atención los lunes, miércoles y viernes de 8am a 10am, para atención presencial se debe solicitar por medio de los canales virtuales cita previa.