Recuerda que a más tardar el 21 de febrero de 2021 se debe efectuar en el sistema del Registro Nacional de Bases de Datos (“RNBD”) de la Superintendencia de Industria y Comercio (“SIC”) el reporte de reclamos interpuestos por los titulares de datos en el segundo semestre del año 2021. El reporte deberá incluir los reclamos presentados por los titulares tanto al Responsable como al Encargado del tratamiento y se efectúa de acuerdo con la lista de tipologías de reclamo incluida en el Manual de Usuario del RNBD, el cual se encuentra disponible en el siguiente enlace.

Así mismo, les recordamos que, a más tardar el 31 de marzo de 2022, se debe cumplir con la actualización anual general del RNBD, incluyendo cambios no sustanciales en la información allí consignada.

Por otra parte, les recordamos otros eventos en que proceden actualizaciones obligatorias de la información consignada en el RNBD:

  • Cuando haya cambios sustanciales en la información consignada en el RNBD, la actualización debe hacerse dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente a su ocurrencia.
  • Cuando se genere una nueva base de datos, su registro en el RNBD debe realizarse dentro de los dos meses siguientes a su creación

Finalmente, ponemos de presente que, durante este año, todas las empresas que cuenten con activos con un valor igual o mayor a 100.000 UVT, es decir, aproximadamente, COP$ 3.800.400.000 y que aún no hayan realizado este trámite, deben adelantar la inscripción de sus bases de datos ante el RNBD de la SIC.