Mediante el Decreto 436 del 19 de marzo de 2020, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo decretaron que la vigencia máxima del reconocimiento e inscripción de los usuarios aduaneros permanentes (UAP) y usuarios altamente exportadores (ALTEX) se prorroga hasta el 31 de mayo de 2020. Este plazo se extenderá de manera automática mientras sigan las condiciones de emergencia por causa del COVID-19.
Los usuarios que tengan aprobada una garantía global con una vigencia hasta el 31 de mayo más 3 meses (31 de agosto de 2020), no deberán constituir garantías adicionales para mantener la condición. Aquellos usuarios cuya garantía no vaya hasta dicha fecha deberán constituir una nueva garantía o modificar la garantía actual, para cubrir esa nueva fecha. Si la emergencia sanitaria supera dichas fechas, los usuarios deberán modificar una vez más la garantía de acuerdo a lo que se establezca en el acto administrativo que sea expedido para ello.
El beneficio de levante automático y pago consolidado de tributos aduaneros para usuarios calificados con riesgo bajo por la DIAN, según el artículo 693 de la Resolución 46 de 2019, empezará a regir desde el 1 de junio de 2020.
Se suspende la obligación de constituir garantía para la importación especial de productos alimenticios y sanitarios (de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto 410 de 2020) hasta que concluya la emergencia sanitaria.
Asimismo, se suspende la aplicación de las sanciones por inasistencia a las diligencias ordenadas por la DIAN. Sin embargo, en caso de no asistir a 3 o más, se remitirá un informe a la entidad para el proceso sancionatorio correspondiente.