Bogotá D.C., 23 de mayo de 2023.

En el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, el Gobierno Nacional emprenderá varios esfuerzos para incentivar la implementación de modelos de negocio que estén basados en recursos biológicos (fauna y flora silvestre) y genéticos (material biológico con información genética) de las diferentes regiones del país. En este contexto, los actores que busquen acceder a estos recursos, así como a conocimiento tradicional (conocimiento, innovación o práctica asociados a los recursos) de comunidades indígenas, afroamericanas y locales, deberán acogerse a la normatividad Andina y nacional que regula esta materia.

Para Antioquia, este tema es de especial relevancia debido a que la presencia de varias comunidades indígenas y afrocolombianas, abre la posibilidad a realizar un trabajo conjunto con dichas comunidades para potencializar la aplicación de sus conocimientos tradicionales en actividades de investigación y desarrollo en pro del bienestar de las comunidades mismas y de la sociedad en general.

De acuerdo con la Decisión 391 de la Comunidad Andina, son dos los requisitos para tener en cuenta en este contexto:

 

Actividad Obtención y utilización de recursos biológicos, genéticos, o de sus productos derivados, con fines de investigación y/o comerciales. Uso del conocimiento tradicional asociado al recurso biológico, genético o sus productos derivados.
Permiso requerido Solicitud de Contrato de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados. Consulta previa para llegar a un acuerdo de uso sobre el componente intangible o conocimiento tradicional (contrato de licencia de uso).
Clases de permiso2.  Con fines de utilidad industrial o comercial
Entidad ante la cual se debe solicitar el permiso Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Ministerio del Interior
Excepciones Actividades de sistémica molecular, ecología molecular, evolución y/o biogeografía no requieren este permiso.

 

Actividades que no involucren especies nativas a la Comunidad Andina.

 

Actividades que involucren el recurso genético humano.

Actividades de intercambio de conocimientos tradicionales entre comunidades.
Aspectos importantes para tener en cuenta Se debe solicitar al MinAmbiente un concepto para verificar si efectivamente la actividad a realizar configura acceso a recursos biológicos, genéticos, o sus productos derivados.

 

Si además de la actividad de acceso al recurso genético, se hará uso del conocimiento tradicional de una comunidad indígena, afrocolombiana o local sobre dicho recurso, será necesario adelantar consulta previa para la suscripción de un contrato de licencia de uso.

Se debe solicitar al MinInterior un concepto para verificar si efectivamente la actividad a realizar configura uso del conocimiento tradicional asociado al recurso biológico, genético o sus productos derivados de alguna comunidad.

 

Se recomienda: delimitar el componente intangible o de conocimiento tradicional; delimitar el uso que se le puede dar al mismo; especificar el tiempo de este uso; pactar los beneficios económicos y/o no económicos que recibirá la comunidad a cambio de autorizar el uso del conocimiento tradicional; y pactar titularidad de propiedad intelectual y remuneración para la comunidad como resultado de la explotación de esta.

 

Así, de acuerdo con la Decisión 486 de la Comunidad Andina, si como resultado de las actividades de acceso a recursos biológicos, genéticos o sus productos derivados (moléculas, combinación o mezcla de moléculas naturales, extractos crudos) o como resultado del uso de conocimientos tradicionales, se obtiene una invención de producto o de procedimiento que pueda ser protegida por medio de patente, será necesario aportar a la Superintendencia de Industria y Comercio copia del Contrato de Acceso a Recursos Genéticos y sus Productos Derivados y/o del acuerdo de uso sobre el componente intangible o conocimiento tradicional, durante la etapa inicial del trámite de la solicitud de patente.

De acuerdo con todo lo anterior, resulta de vital importancia obtener los permisos aquí descritos previo al inicio de cualquiera de las actividades mencionadas, para llevar a cabo el trabajo conjunto con comunidades de acuerdo con la normatividad vigente y así fomentar el desarrollo de estas comunidades en la región.

Escrito por: Germán Cortés, Asociado Senior y Claudia Medina, Asociada del grupo de Propiedad Intelectual.