Días sin IVA

Abr 25, 2021

Se crearía una exención temporal del IVA en la adquisición bienes corporales muebles (tres días sin IVA).

Comprendería bienes corporales enajenados dentro del territorio nacional.

Los períodos de la exención temporal serán definidos por el Gobierno nacional, y serían máximo tres días al año.

Cubriría vestuario y sus complementos, electrodomésticos, elementos deportivos, juguetes y juegos y útiles escolares (aplicarían condiciones sobre montos).

El responsable que enajene los bienes cubiertos, tendría derecho a IVA descontable.