A continuación, te explicamos a detalle qué implican las nuevas actualizaciones en la normativa en materia aduanera del país.

Proyecto de Resolución (DIAN)
“Por la cual se modifica la Resolución 46 de 2019 en relación con aspectos necesarios para la operación aduanera y la fiscalización”.
El proyecto propone modificaciones sobre diferentes elementos de la reglamentación aduanera, entre los que se encuentran:

• Levante de mercancías,
• Implementación de Sistema Informático Electrónico de tránsito aduanero, transporte multimodal, cabotaje y transbordo,
• Solicitudes de resoluciones anticipadas,
• Declaraciones especiales de importación en zona franca,
• Trámite de la autorización de los usuarios aduaneros con trámite simplificado,
• Incumplimiento de la modalidad de importación temporal para reexportación en el mismo estado,
• Abandono voluntario,
• Garantías aduaneras,
• Controversias de clasificación arancelaria, e
• Importaciones temporales para reexportación temporal en el mismo estado.
Aún no se conoce la fecha de entrada en vigencia de la Resolución. Los mantendremos informados de cualquier actualización en la materia.
Resolución 000168 del 31 de diciembre de 2021 (DIAN).
“Por la que se modifica la resolución 46 de 2019, en cuanto a los costos de los servicios de clasificación arancelaria, resoluciones anticipadas y ajustes de valor permanente.”
Los costos de estos servicios, a partir del 1 de enero de 2021, se establecen en términos de Unidades de Valor Tributario (UVT) y no como en el pasado, que se instauraron en su equivalencia a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).

• La verificación y/o análisis de la solicitud para la expedición de la resolución anticipada tendrá un valor equivalente a 14 unidades de valor tributario (UVT), incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Cuando se trate de la expedición de una resolución anticipada de clasificación arancelaria de una unidad funcional, el valor será de 28 unidades de valor tributario (UVT), incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA). El valor resultante en cada caso deberá aproximarse al múltiplo de 1.000 más cercano.

• La verificación y/o análisis de la solicitud para la expedición de la resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado tendrá un valor equivalente a 14 unidades de valor tributario (UVT), incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Cuando se trate de la expedición de una resolución de clasificación arancelaria de una unidad funcional, el valor será de 28 unidades de valor tributario (UVT) incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA). El valor resultante en cada caso deberá aproximarse al múltiplo de 1.000 más cercano.

• La verificación y/o análisis de la solicitud para expedir una resolución de ajustes de valor permanente, tendrá un valor equivalente a catorce (14) unidades de valor tributario (UVT), incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA), con excepción de las actuaciones iniciadas de oficio.

Circular 033 del 30 de diciembre de 2021 (MINCIT - VUCE):
“Sistematización solicitud modificación de programas de Sistemas Especiales de Importación – Exportación por diversas causales.”.

A partir del 31 de diciembre de 2021, las siguientes solicitudes de modificación de programas de Sistemas Especiales de Importación - Exportación deberán ser radicadas a través del aplicativo informático correspondiente en la VUCE, para los siguientes casos.
Se recomienda consultar los respectivos manuales para la realización de la solicitud de interés, dispuestos en la página:

• Por aumento o disminución del cupo.
• Por subrogación total o parcial del programa, por escisión o fusión o cualquier otra forma de reorganización empresarial..
• Por reestructuración de compromisos definitivos de exportación en programas de bienes de capital o de repuestos o en programas de exportación de servicios.
• Por ampliación del plazo para realizar ¡importaciones, montaje y puesta en marcha de los bienes de capital en desarrollo de los programas de bienes de capital, repuestos y exportación de servicios..
Circular 1 de 2022. (Mincit VUCE).
Modificación de Anexos de la Circular 32 de 2020 (Vistos Buenos de Exportación).

Se modifica la Circular 032 de 2020 y sus anexos, la cual dio a conocer la información remitida al Ministerio de Comercio, industria y Turismo por las entidades que participan en la VUCE.

En este sentido, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021, cada entidad actualizó los requisitos exigidos para efectos de permisos, requisitos y autorizaciones exigidos por cada una de ellas, cuyo cumplimiento se hará a través de la VUCE.
Circular 2 de 2022. (Mincit VUCE).
Modificación de Anexos de la Circular 18 de 2020 y sus modificaciones (Vistos Buenos de Importación).

Se modifica la Circular 018 de 2020, sus anexos y sus modificaciones, la cual dio a conocer la información remitida al Ministerio de Comercio, industria y Turismo por las entidades que participan en la VUCE.

En este sentido, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021, cada entidad actualizó los requisitos exigidos para efectos de registros de importación y licencias previas, cuyo cumplimiento se hará a través de la VUCE.