Mediante la Resolución No. 000079 del 24 de agosto de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) decidió levantar parcialmente la suspensión de términos relacionado con el almacenamiento de mercancías, originalmente suspendidos mediante la Resolución 55 de 2020.

Dicho levantamiento de la suspensión operará para los siguientes grupos de mercancías:

  • Las que hayan ingresado al país entre el 1 de marzo de 2021 y la fecha de entrada en vigencia de la Resolución.
  • Las que ingresen al país a partir de la entrada en vigencia de la Resolución.

Adicionalmente, la Resolución indica que entrará a regir el día hábil siguiente a su publicación en el Diario Oficial, evento que sucedió el 25 de agosto de 2021.