El lunes 16 de marzo de 2020 el Ministerio del Interior, a través de la Circular Externa con referencia OFI2020-7728-DCP-2500 adoptó la decisión de:

  1. Suspender las visitas de verificación y reuniones de consulta previa en todas sus etapas desarrolladas por la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, a partir del 16 de marzo de 2020 hasta el 30 de marzo de 2020;
  2. Suspender la agenda de reuniones en las instalaciones de la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa a partir del 16 de marzo de 2020 hasta el 30 de marzo de 2020;
  3. Una vez transcurrido el periodo de suspensión de actividades objeto de esta circular, la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa evaluará la pertinencia de adoptar nuevas medias de prevención y mitigación contra el COVID-19.

Esto, considerando entre otras, la declaración de pandemia del brote de COVID-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud, el Estado de Emergencia Sanitaria adoptado mediante la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020 por parte del Ministerio de Salud y Protección Social, la Directiva Presidencial 02 del 12 de marzo de 2020 donde se establecieron medidas para atender la contingencia generada por el COVID-19 y la Circular Externa 015 del 12 de marzo de 220 en donde se establecieron recomendaciones para la prevención, contención y mitigación del COVID-19.

Por último, el Ministerio del Interior hace mención al respecto de la Jurisprudencia de la Corte Constitucional en donde se ha determinado a las comunidades étnicas en Colombia como titulares de derechos fundamentales y sujetos de especial protección constitucional pues estas se encuentran en situación de vulnerabilidad y tienen derecho a que el Estado revierta los procesos históricos en que la sociedad mayoritaria ha amenazado sus modos de vida.