Bogotá D.C., 13 de agosto de 2024.

Escrito por: Yamile Yomayusa, Asociada Senior del Grupo de Práctica de Aduanas & Comercio Exterior

Se acerca el 30 de septiembre, fecha en la que los usuarios industriales de zona franca que fueron calificados después del 13 de diciembre de 2022 deben presentar al Ministerio de Comercio Industria y Turismo – MINCIT, el “Plan de Internacionalización y Anual de Ventas”  en el cual presentan sus objetivos máximos de ingresos netos por operaciones de exportación de bienes y servicios, con el fin de poder aplicar la tarifa de renta del 20% en la proporción de los ingresos por exportaciones para el año gravable 2025.

¿Qué escenarios permiten que un usuario industrial califique para la tarifa de renta del 20% en caso de no alcanzar la meta de exportación planteada?

Se pueden presentar dos escenarios válidos para aplicar la tarifa de renta del 20%; el primero, consiste en acreditar exportaciones iguales o superiores a las planteadas, y, el segundo cuando, a pesar de no cumplir con la meta, se exporte un mayor porcentaje del suscrito.

A manera de ejemplo, si un usuario industrial suscribió exportaciones para el 2025 por UDS$600.000, desagregado en exportaciones por USD$500.000 (83%) y ventas nacionales por USD$100.000 (17%), cumplirá con cualquiera de los dos escenarios siguientes:

  1. Si, exporta USD$500.000 o más
  2. Si, tiene ventas totales de USD$390.000, distribuido en exportaciones por USD$350.000 (90%) y ventas nacionales por USD$40.000 (10%)

Para lograrlo, se debe establecer al interior de cada empresa un Plan que permita alcanzar la meta y, adicionalmente demostrar en la Auditoria Anual Externa contratada por el Usuario Operador de la Zona Franca que, se tiene una ruta clara para lograr las metas planteadas, esto es que hay un compromiso, organización interna y seguimiento.