Con Sentencia No. 24047 de 2021 el Consejo de Estado, anuló el aparte “es decir cuatrocientos veinte (420) Unidades de Valor Tributario – UVT mensuales”, contenido en el parágrafo 3 del artículo 1.2.4.1.6. del Decreto 1625 de 2016 eliminando la limitación mensual a rentas exentas y deducciones aplicable en la depuración de la retención en la fuente sobre pagos laborales, de esta forma solo resultará aplicable la limitación anual.

La norma anulada limitaba las rentas exentas y deducciones susceptibles de detraerse de la base de cálculo para determinar la retención en la fuente a 420 UVT mensuales (2021: $15.249.360) excediendo con ello lo establecido por el artículo 336 del Estatuto Tributario, norma que únicamente contempla una limitación anual de 5.040 UVT (2021: $182.992.320) sin limitación mensual.