En 1957 Arturo Uribe Arango, el entonces director de la oficina de Turismo y Fomento de Medellín, decidió invitar a un grupo de silleteros de Santa Elena para que hicieran parte de un desfile en la ciudad de Medellín en donde pudieran mostrar su trabajo con las flores que hasta el momento venían realizando de manera reservada. En ese momento nació el Desfile de Silleteros en Antioquia, evento del cual se han celebrado 62 versiones.

El Desfile de Silleteros se convirtió en una manifestación histórica y cultural representativa de todos los colombianos. En el desfile de este año participaron 550 silleteros, asistieron aproximadamente 800.000 personas y fue el gran cierre de la Feria de las Flores. El recorrido fue de 2.8 kilómetros, partiendo desde el puente Guayaquil y terminando en la avenida ferrocarril a la altura de Plaza Mayor.[1]

Patrimonio Cultural Inmaterial en la ley colombiana

El artículo 11-1 de la Ley 397 de 1997 contiene el régimen legal del Patrimonio Cultural Inmaterial, el cual es constituido por “las manifestaciones, prácticas, usos, representaciones, expresiones, conocimientos, técnicas y espacios culturales, que las comunidades y los grupos reconocen como parte integrante de su patrimonio cultural.”[2] Dentro de este régimen se crearon dos figuras jurídicas importantes: la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial (en adelante “LRPCI”) y los Planes de Salvaguardia (en adelante “PES”) como mecanismos de protección del Patrimonio Cultural Inmaterial, regulados de manera concreta por el Decreto 1080 del 2015.

La LRPCI tiene una función enunciativa, esto es, establece cuáles son las manifestaciones, prácticas, usos, representaciones, expresiones, conocimientos, técnicas y espacios culturales que son considerados jurídicamente como Patrimonio Cultural Inmaterial. Por su parte, según el artículo 2.5.3.1. del Decreto 1080, un PES “es un acuerdo social y administrativo, concebido como un instrumento de gestión del Patrimonio Cultural de la Nación, mediante el cual se establecen acciones y lineamientos encaminados a garantizar la salvaguardia del Patrimonio Cultural inmaterial.”[3] Estas dos figuras legales recobran gran importancia respecto de la protección jurídica otorgada al Desfile de Silleteros como expresión cultural e histórica como se explica a continuación.

Protección legal del Desfile de Silleteros

Debido a su importancia a nivel regional y nacional, el Desfile de Silleteros ha sido objeto de varias protecciones legales que lo ubican hoy como una de las manifestaciones culturales más representativas. En el año 2003, el Congreso expidió la Ley 838 en donde se declara patrimonio cultural de la Nación a los Silleteros y a la Feria de las Flores de Medellín. Específicamente se consagra lo siguiente:

“Declárese como patrimonio cultural de la Nación a los silleteros del corregimiento de Santa Elena, municipio de Medellín, departamento de Antioquia, y a la Feria de las Flores que se celebra en la ciudad de Medellín y se les reconoce la especificidad de cultura paisa y antioqueña, a la vez que se les brinda protección a sus diversas expresiones de tradición y cultura.”

En el 2011 se empieza a desarrollar por parte de la Corporación de Silleteros de Santa Elena, la Corporación Caminos del Silletero, la Corporación Cultural y Ambiental Familia Londoño, la Corporación Internacional de Silleteros por el Mundo y la Corporación Flores del Silletero, un plan para solicitar la protección jurídica del Desfile de Silleteros como consecuencia de la necesidad de preservar, visibilizar, proteger, revitalizar y promocionar esta manifestación como un símbolo de identidad, cultura e historia en la región. Finalmente, el 25 de junio de 2015 se materializa dicha protección puesto que la Ministra de Cultura, Mariana Garcés Córdoba a través de la Resolución 1843, siguiendo el precedente de la Ley 838 de 2003, incluye en la LRPCI la manifestación cultural silletera del territorio de Santa Elena, de los municipios de Medellín, Guarne, Envigado y Rionegro (Antioquia) y se aprueba su PES.

Dentro de este PES se plantearon cuatro ejes básicos de acción que son la productividad campesina y sostenibilidad de la vida silletera, proyectos de investigación, transmisión, educación y comunicación social del patrimonio y gestión e incidencia en políticas públicas. El PES, adicional a relatar el contexto histórico del Desfile de Silleteros y de identificar sus elementos esenciales, estructura un plan organizado con objetivos medibles para cada cinco años, el cual se puede consultar en el siguiente enlace.

 


[1] “Con Desfile de Silleteros se cierra la Feria de las Flores en Medellín”. RCN Radio. 11/08/19. Tomado de: https://www.rcnradio.com/colombia/antioquia/con-desfile-de-silleteros-se-cierra-la-feria-de-las-flores-en-medellin

[2] Artículo 11-1 de la ley 397 de 1997

[3] Artículo 2.5.3.1. del Decreto 1080