Les recordamos que a más tardar el 22 de agosto de 2022 se debe efectuar en el sistema del Registro Nacional de Bases de Datos (“RNBD”) de la Superintendencia de Industria y Comercio (“SIC”) el reporte de reclamos interpuestos por los titulares de datos personales en el primer semestre del año 2022. El reporte deberá incluir los reclamos presentados por los titulares tanto al responsable como al Encargado del tratamiento y se efectúa de acuerdo con la lista de tipologías de reclamos incluida en el Manual de Usuario del RNBD, el cual se encuentra disponible en este enlance.

El reporte debe realizarse, incluso en aquellos eventos en que no se hayan recibido reclamos, indicando esta situación.

Así mismo, les recordamos otros eventos en que proceden actualizaciones obligatorias de la información consignada en el RNBD:

  • Cuando haya cambios sustanciales en la información consignada en el RNBD, la actualización debe hacerse dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente a su ocurrencia.
  • Cuando se genere una nueva base de datos, su registro en el RNBD debe realizarse dentro de los dos meses siguientes a su creación.
  • A más tardar a finales de marzo del año en curso se debió haber realizado a la actualización general del RNBD de cada responsable.