Bogotá D.C., 25 de enero de 2024.
Mediante la Resolución 165 de noviembre de 2023, la DIAN estableció la obligación de implementar y expedir el nuevo documento POS electrónico (Point of Sales), que hará parte del sistema de facturación electrónica.
Para que el nuevo documento POS electrónico pueda usarse como soporte de deducciones e impuestos descontables, será indispensable que incluya la identificación completa del adquirente (nombre o razón social y NIT o número de identificación). Este documento ya no tendrá el límite de 5 UVT anteriormente fijado para su generación.
Cabe destacar que quienes actualmente emiten documentos equivalentes a la factura pueden optar por no implementar el nuevo POS electrónico y, en su lugar, facturar electrónicamente la totalidad de sus operaciones de venta de bienes o servicios.
El calendario de implementación del documento POS electrónico será el siguiente:
Grupo | Fecha para la implementación del documento POS electrónico | Calidad del contribuyente |
1 | 3 de febrero de 2024 | Grandes Contribuyentes |
2 | 1 de marzo de 2024 | Declarantes del Impuesto sobre la renta que no tengan la calidad de Grandes Contribuyentes |
3 | 1 de abril de 2024 | No declarantes del Impuesto sobre la Renta |
Sujetos que no tengan ninguna de las calidades mencionadas |