Bogotá D.C., 13 de enero de 2023.

 

Decreto 2598 de 2022

Por medio del Derecho 2598 del 23 de diciembre de 2022, el Gobierno Nacional decretó la modificación del Decreto 1881 de 2021 (Arancel de Aduanas), de la siguiente manera:

          • Se establece un arancel del 40% a las importaciones de cualquier origen de nación más favorecida para los productos clasificados en los capítulos 61 (prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto) y 62 (prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto) del Arancel de Aduanas.
          • Las disposiciones anteriores aplicarán también a los productos que sean ingresados al Territorio Aduanero Nacional desde una Zona de Régimen Aduanero Especial, de una Zona Franca o de un Centro de Distribución Logística Internacional.
          • Por el contrario, las disposiciones no resultarán aplicables para las mercancías que hayan sido embarcadas efectivamente hacia Colombia con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la norma, es decir, antes del 8 de enero de 2023.
          • Los aranceles establecidos en el Decreto no modificarán ningún programa de desgravación preferencial vigente en Colombia.

 

Decreto 2632 de 2022

Por medio del Decreto 2632 del 30 de diciembre de 2022, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo decidió prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2025 la vigencia del Decreto 2279 de 2019, el cual estableció un gravamen ad valorem del 35% para la importación de calzado clasificado en las partidas 6401, 6402, 6403, 6404, 6405 y subpartida 6406.10.00.00 cuyo valor FOB sea inferior al umbral señalado en la siguiente tabla:

Partida Arancelaria
6401
6402
6403
6404
6405
6406.10.00.00
Umbral
6 USD/par
6 USD/par
10 USD/par
6 USD/par
7 USD/par
6 USD/kilo bruto