En seguimiento de la actualidad normativa que afecta la práctica inmobiliaria y urbanística en el país, en donde permitía al presidente expedir decretos con fuerza de ley, les compartimos el presente boletín en cual actualizamos y consolidamos la situación de algunos decretos, resoluciones y circulares reglamentarias, con ocasión de las medidas que finalizan 30 de junio, las cuales sirvieron para controlar la pandemia ocasionada por el COVID-19. Es importante resaltar que, si bien significa el fin de múltiples leyes, probablemente, aquellas resoluciones en materia de virtualidad y tecnología seguirán vigentes.
• En el ámbito inmobiliario, se debe resaltar que el Decreto 579 de 2020 en materia de propiedad horizontal y contratos de arrendamiento, estuvo vigente desde el 15 de abril de 2020 hasta el 30 de junio de 2020, por lo que, el fin del Estado de Emergencia no tiene gran relevancia en dicha normativa, salvo los artículos relacionados a la virtualización de reuniones de asambleas generales de copropietarios, los cuales probablemente, se mantendrán luego de finalizar la emergencia.

Por otro lado, el Decreto 797 de 2020, por el cual se adoptaron medidas transitorias en materia de arrendamiento de locales comerciales en el cual se permitía la terminación unilateral por parte de los arrendatarios, estuvo vigente hasta el 31 de agosto de 2020. Asimismo, la Resolución No. 03325 del 11 de abril de 2020, la Resolución No. 03323 del 9 de abril de 2020 y la Instrucción Administrativa No. 5 del 11 de abril de 2020 expedidas por la Superintendencia de Notariado y Registro, las cuales impartían los horarios de notarías y lineamientos para radicación electrónica y remota no presencial en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos se derogarán por el fin de la emergencia sanitaria. No obstante, es posible que las normativas y lineamientos en materia virtual se mantengan una vez finalizada la emergencia.

• Por otro lado, en materia urbanística, el Decreto 491 de 2020 el cual reglamentaba la ampliación de la vigencia de permisos, autorizaciones, certificados y licencias quedará derogado a partir del fin de la emergencia sanitaria. El Decreto 819 de 2020 que dispuso el permiso extraordinario para actuaciones urbanísticas y el Decreto 691 de 2020, en materia de ampliaciones automáticas por nueve (9) meses adicionales en licencias urbanísticas, quedarán derogadas. No obstante, tenga en cuenta que, las licencias urbanísticas que al 12 de marzo de 2020 estuvieren vigentes, serán beneficiarias de dicha ampliación automática.