Bogotá D.C., 13 de agosto de 2024.

Mediante la Resolución 000117 de 2024 la DIAN estableció un sistema de devolución automática de saldos a favor derivados de declaraciones del impuesto sobre la renta de personas naturales. Con este sistema la DIAN proyecta efectuar devoluciones en un término de hasta 15 días desde que el contribuyente acepte el saldo objeto de devolución.

El mecanismo de devolución automático será aplicable para personas que:

 

  • No tengan obligaciones pendientes ante la DIAN.
  • No registren ingresos por dividendos ni ganancias ocasionales.
  • No usen descuentos tributarios, ni compensaciones de pérdidas, de excesos de rentas presuntivas, ni liquiden rentas pasivas (ECE).
  • Generen saldos a favor en su declaración del año 2023 y esta se presente oportunamente.

 

El saldo a favor declarado no sea producto de imputaciones de períodos anteriores. Adicional a esto, el saldo a favor no debe exceder 40 UVT (COP $1.882.600 para 2024)

El mecanismo propuesto por la DIAN será de aplicación voluntaria, por lo que se deberá solicitar expresamente su aplicación al momento de diligenciar la declaración de renta del período correspondiente y posteriormente aceptar el saldo objeto de devolución verificado por la DIAN. Asimismo, las personas que quieran seguir el procedimiento de devolución tradicional podrán seguir solicitando sus saldos a favor bajo este sistema.

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