El Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidieron el Decreto 1165 del 2 de julio de 2019, mediante el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas. Este Decreto busca mantener la seguridad jurídica de las operaciones de comercio exterior, a través de la armonización y consolidación de la normativa en materia aduanera. Lo anterior, con el fin de mejorar la eficiencia logística y facilitar el comercio, garantizando certeza jurídica inmediata para la realización de operaciones de comercio exterior.

El mencionado Decreto deroga los Decretos 2685 de 1999; 390 del 2016 con excepción del primer inciso del artículo 675; los Títulos II y III del Decreto 2147 del 2016 y el Decreto 349 del 2018. Por otro lado, armoniza el régimen de zonas francas contenido en los Decretos 2147 de 2016 y 659 de 2018.

Este Decretoentrará en vigencia 30 días comunes contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial. Por otro lado, se establece un término de 2 años adicionales para los ajustes en los servicios informáticos electrónicos.

Se debe anotar que en las disposiciones de este decreto se mantiene que los reconocimientos e inscripciones otorgados a los Usuarios Aduaneros Permanentes (UAP) y los Usuarios Altamente Exportadores (ALTEX) continuarán vigentes hasta el 22 de marzo de 2020. Recordamos que después de dicha fecha, los beneficios otorgados para estas calificaciones aduaneras, únicamente se encontrarán contemplados para aquellas compañías reconocidas como Operador Económico Autorizado (OEA).

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