Bogotá D.C., 05 de enero de 2024.

    • Nuevo Salario Mínimo Mensual Legal Vigente: El 29 de diciembre de 2023, mediante el Decreto 2292 de 2023, el Gobierno Nacional anunció un incremento del 12,07% en el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (“SMLMV”), fijándolo en COP $1.300.000. Como consecuencia de esta modificación, los empleadores tendrán la obligación en el mes de enero de 2024 de ajustar proporcionalmente los salarios de aquellos trabajadores que perciben el SMLMV. Esta obligación se extenderá para aquellos trabajadores que devengan el salario mínimo integral, quienes pasarán a recibir una suma de COP $16.900.000.

 

    • Nuevo Auxilio de Transporte: Mediante el Decreto 2293 de 2023, se fijó el Auxilio de Transporte para el año 2024 en una suma de COP $162.000, la cual deberá ser otorgada de manera mensual a todos los trabajadores que devenguen hasta 2 veces el SMLMV, es decir, hasta COP $2.600.000.

 

    • Plazo para pagar los Intereses legales sobre las Cesantías: Hasta el 31 de enero de 2024, los empleadores tendrán plazo para consignar directamente a los empleados que no devengan salario integral los intereses generados por las cesantías correspondientes a los días laborados en 2023. De acuerdo con la Ley 50 de 1990, estos intereses equivalen al 12% sobre el valor acumulado por concepto de cesantías.

 

    • Plazo para reportar variaciones en el número de trabajadores que incida en la cuota mínima de aprendices: Las empresas que tengan como periodo de reporte el mes para la fijación de cuota de aprendices el mes enero, en caso de haber experimentado variación en el número de empleados directos dentro de los últimos 6 meses, tienen la obligación de informar por escrito a la Regional del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, esto deberá hacerse dentro de los 10 primeros días hábiles de enero.