El 4 de mayo de 2022 el Ministerio de Minas y Energía (“MME”) expidió un proyecto de resolución que tiene como objeto establecer los requisitos del proceso competitivo para el otorgamiento de permisos de ocupación temporal y concesión marítima, para el desarrollo de proyectos de generación de energía eólica costa afuera (el “Proyecto”). El administrador del proceso competitivo será la DIMAR, o el tercero que sea designado por la DIMAR, y se dividirá en seis (6) fases: (1) Publicación de Pliegos y Bases de Condiciones Específicas del proceso; (2) Habilitación; (3) Nominación de áreas; (4) Presentación de ofertas; (5) Evaluación de las ofertas y selección del adjudicatario; y (6) Formalización de la adjudicación. Los interesados podrán enviar comentarios al Proyecto de Resolución hasta el 19 de mayo a través del siguiente enlace.

Los interesados que quieran participar en el proceso podrán ser personas jurídicas o esquemas asociativos de personas naturales o jurídicas, quienes para ser considerados proponentes bajo el mencionado proceso deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Fase de habilitación
Habilitación técnica
  1. Haber participado en al menos 3 de las siguientes áreas de desarrollo de un proyecto de energía eólica costa afuera de mínimo 200 MW: (i) planificación, (ii) diseño, (iii) selección y contratación de proveedores, (iv) ejecución, o (v) control de calidad. Esta experiencia debe acreditarse para un proyecto completamente instalado y en operación, y debe haberse realizado dentro de los últimos 10 años.
  2. Haber participado en al menos 3 de las siguientes áreas de desarrollo de una subestación que conecte un parque eólico costa afuera de mínimo 50MW: (i) planificación, (ii) diseño, (iii) selección y contratación de proveedores, (iv) ejecución, o (v) control de calidad. Esta experiencia debe acreditarse para una subestación que conecte un parque eólico costa afuera completamente instalado y en operación, y debe haberse realizado dentro de los últimos 10 años.
  3. Contar con un certificado de HSE bajo una acreditación de reconocimiento internacional y aceptada en países de la OCDE.
  4. Contar con un certificado de gestión de riesgo bajo una acreditación de reconocimiento internacional y aceptada en países de la OCDE.
Habilitación financiera
  1. Cupo de crédito o carta de crédito stand by por un monto igual o superior a USD 600 millones, acreditado por una entidad financiera nacional o internacional que cumpla con los requisitos de idoneidad que defina el Administrador. Para verificar este requisito se podrán solicitar los estados financieros auditados y certificados de capacidad de endeudamiento emitidos por entidades financieras, entre otros.
  2. Calificación crediticia de BBB- o superior, según la calificación Standard & Poor’s y Fitch, o Baa3 o superior, según la calificación de Moody’s o un equivalente de acuerdo con la calificación de otra firma internacionalmente reconocida.
Habilitación Jurídica
  1. Presentar el certificado de existencia y representación del proponente o si es una persona extranjera, el equivalente.
  2. En caso de esquema asociativo, los documentos de constitución.
  3. En caso de promesa de sociedad futura, documento de promesa de constitución con anterioridad al otorgamiento del Permiso de Ocupación Temporal y con una duración de al menos la vigencia de la concesión y tres años más.
  4. Certificado en el que conste que el Proponente o uno de sus integrantes tiene domicilio en Colombia.
  5. Declaración juramentada de los vínculos económicos del Proponente y sus integrantes, en donde se pongan de presente las situaciones de control.
Es de resaltar que en los pliegos de condiciones se podrá solicitar información adicional relacionada con estos requisitos.
Fase de presentación de ofertas
Condiciones Técnicas
  1. El Proponente podrá presentar 1 oferta por cada área disponible.
  2. Presentar la descripción exacta de la ubicación, linderos y extensión de los bienes de uso público solicitados, con su correspondiente plano de localización.
  3. Indicar la capacidad instalada del proyecto en MW (mínimo 200 MW).
  4. Indicar la densidad en megavatios por kilómetro cuadrado MW/km2 (mínimo 3 MW/ km2)
  5. Indicar la Fecha de Puesta en Operación de máximo 7 años a partir de la entrada en vigencia del Permiso de Ocupación Temporal.
  6. Incluir el cronograma detallado de actividades y curva S a desarrollar durante el Permiso de Ocupación Temporal.
  7. Carta de presentación de la oferta suscrita por el representante legal del proponente o por el apoderado, en la que se indique que la oferta es irrevocable y que estará vigente durante el tiempo que el Administrador determine.
  8. Presentar una garantía de seriedad de la oferta.
  9. Presentar la información que responda a los criterios de calificación, establecidos en el artículo 22 del Proyecto de Resolución.
  10. El Proponente deberá presentar la siguiente información, la cual no será vinculante en caso de resultar adjudicado:
    1. Declarar la potencia por turbina y la tecnología que se proyecta emplear.
    2. Estimar el factor de planta en términos de promedio anual.
    3. Identificar al menos una alternativa de trayecto del cable submarino y ubicación de la subestación marina.
Fase de evaluación y selección
Calificación El Administrador adjudicará el Permiso de Ocupación Territorial a aquel Proponente que tenga el mayor puntaje de acuerdo con los siguientes criterios: (i) Cantidad de proyectos eólicos costa afuera para los que haya hecho mediciones, diseño y estructuración; (ii) Cantidad de proyectos eólicos costa afuera para los que haya ejecutado la construcción y operación; (iii) Demostración de experiencia en construcción y/o operación de proyectos de transmisión o generación FNCER de energía eléctrica en mercados emergentes (que hayan entrado a la OCDE a partir del año 2010 o que no sean miembros de la OCDE); y (iv) Maximización de la capacidad instalada en el área ofertada según las condiciones técnicas mínimas.
La calificación de dichos requisitos se realizará de acuerdo con los porcentajes y formula contenidos en los artículos 22 y 23 del Proyecto de Resolución.
Asignación Una vez adjudicado deberá presentar una garantía de cumplimiento máximo 20 días hábiles después de la adjudicación. Es importante resaltar que una vez se otorgue el mencionado permiso, la solicitud de capacidad de transporte del proyecto al Sistema Interconectado será priorizada por la Unidad de Planeación Minero-Energética.
Plazo primer proceso competitivo
Las adjudicaciones del Permiso de Ocupación Temporal se realizarán dentro de los 8 meses siguientes a la entrada de vigencia de la Resolución.