Gómez-Pinzón presenta algunas recomendaciones en cumplimiento de normas de carácter laboral y de la regulación de protección de datos personales como parte de cualquier estrategia de manejo de crisis con ocasión del COVID-19. Gómez-Pinzón presenta algunas recomendaciones en cumplimiento de normas de carácter laboral y de la regulación de protección de datos personales como parte de cualquier estrategia de manejo de crisis con ocasión del COVID-19.

El Ministerio de Trabajo dio los lineamientos a implementar en materia de promoción y prevención de casos de COVID-19 que se deben aplicar de manera obligatoria en ambientes laborales y demás actividades productivas, en el marco del Sistema General de Riesgos Laborales. Al respecto se establecen las siguientes responsabilidades de los trabajadores:

  • Cumplir con las medidas de auto cuidado y prevención adoptadas en los centros de trabajo por el empleador o contratante (higiene, hábitos saludables, lavado de manos y evitar saludos de beso, abrazo o de mano).
  • Asistir a las capacitaciones realizadas por el empleador, contratante o entidad Administradora de Riesgos Laborales.
  • Utilizar los elementos de protección personal y responder por el adecuado uso de dichos elementos.
  • Los trabajadores tienen la responsabilidad de suministrar información clara, veraz y completa de su estado de salud.
  • Los trabajadores provenientes de China, España, Italia y Francia deberán informar al empleador o contratante las fechas y lugares de permanencia.

Responsabilidad de los empleadores y contratantes:

  • Garantizar la difusión oportuna y permanente de todos los boletines y comunicaciones oficiales que emita el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo y el Instituto Nacional de Salud, respecto de los lineamientos para la preparación, respuesta y atención de casos por COVID-19.
  • Atender las orientaciones, recomendaciones y asesorías por parte de la Administradora de Riesgos sobre los mecanismos de prevención y atención del COVID-19.
  • Suministrar los Elementos de Protección Personal según las recomendaciones específicas del Ministerio de Salud y Protección Social para la prevención del contagio y exigir a los trabajadores no compartir los elementos de protección personal.
  • Capacitar a los trabajadores sobre las técnicas adecuadas para el lavado de manos y promover que se realice de manera frecuente. Así mismo, suministrar jabón u otras sustancias desinfectantes para el lavado de manos, al igual que toallas desechables para el secado.