El 15 de diciembre de 2021, el Gobierno Nacional fijó mediante el Decreto 1724 de 2021 el incremento del salario mínimo legal mensual vigente para el año 2022 en un 10,07%, es decir, COP $91.474. Así, a partir del 1° de enero de 2022 el salario mínimo legal mensual vigente asciende a la suma de COP $1.000.000.

Por su parte, mediante el Decreto 1725 de 2021 el Gobierno Nacional fijó el auxilio de transporte que se reconoce a los trabajadores que devenguen hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, en la suma mensual de COP $117.172.

Teniendo en cuenta lo anterior, el aumento del salario mínimo también deberá aplicarse a los trabajadores que devengan el salario mínimo integral. El salario mínimo integral mensual solo será aplicable a los empleados que devenguen para 2022 13 salarios mínimos mensuales legales vigentes; es decir, COP$13.000.000.

En cuanto al pago de prestaciones sociales para trabajadores que devengan salario ordinario, los empleadores deberán tener presentes las siguientes fechas:

  • Todo empleador debe pagar a los trabajadores los intereses a la cesantía del 12% anual sobre el saldo del auxilio de cesantía a 31 de diciembre, a más tardar el 31 de enero del año siguiente.
  • Consignar antes del 14 de febrero de 2022, el auxilio de cesantía causado al 31 de diciembre de 2021, en cada uno de los fondos de cesantías escogidos por los trabajadores.
  • Entregar a los trabajadores, a más tardar el 15 de marzo de 2022, el certificado de ingresos y retenciones.
  • Pagar la prima de servicios en las siguientes fechas: 30 de junio y 20 de diciembre del 2022.
  • Entregar a los trabajadores que devenguen hasta dos (2) veces el salario mínimo mensual legal vigente (COP$2.000.000) dotación de calzado y vestido apropiados a la labor que desempeña el trabajador. La entrega es tres (3) veces en el año (30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre)