Bogotá D.C., 26 de enero de 2023.

El 18 de noviembre de 2022 la Secretaría Jurídica de la Alcaldía Mayor de Bogotá expidió la Circular 058 de 2022, por medio de la cual emite las Instrucciones para la implementación obligatoria del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (en adelante “PTEE”) a las Entidades Sin Ánimo de Lucro (en adelante “ESALES”) ubicadas en Bogotá. Este programa contiene mecanismos y normas internas de auditoría para identificar, detectar, prevenir, gestionar y mitigar los riesgos de corrupción y de soborno transnacional (“C/ST”).¿A quiénes aplica?Las ESALES ubicadas en Bogotá D.C., que cumplan con los siguientes requisitos deberán implementar un Programa de Transparencia y Ética Empresarial – Integral o Simplificado (“PTEE-I” o “PTEE-S”), según corresponda:

PTEE-I PTEE-S
ESALES domiciliadas en Bogotá.
Con activos iguales o superiores a 1.000 SMLMV al 31 de diciembre de 2022.
Sistema de administración de riesgos.
ESALES domiciliadas en Bogotá.
Con activos inferiores a 1.000 SMLMV al 31 de diciembre de 2022.
Sin un sistema de gestión de riesgos.

 

¿Cuál es el plazo máximo para implementar el PTEE?
La fecha máxima para su implementación dependerá de los dos últimos dígitos del NIT de la ESAL (sin número de verificación). [1]

Últimos dos dígitos del NIT
sin número de verificación
Plazo máximo para el envío de información jurídica y financiera
01-20 1era semana de mayo
21-40 2da semana de mayo
41-60 3era semana de mayo
61-80 4ta semana de mayo
11-00 Última semana de mayo (o primera de junio)

 

¿Cuáles son las sanciones por la no implementación del PTEE?   – Suspensión y cancelación de la personería jurídica de la ESAL   – Multas sucesivas entre 1 y hasta 500 SMLMV.Esta nueva circular en materia de riesgo y cumplimiento para las ESALES domiciliadas en Bogotá se suma a las instrucciones que la Alcaldía Mayor de Bogotá emitió en la Circular No. 011 de 2017 acerca de la adopción de medidas de “Prevención y Control del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo” para las ESALES.

_______

[1] Circular 016 del 2022