Bogotá D.C., 6 de marzo de 2023.

El 15 de septiembre de 2021, la Superintendencia Nacional de Salud emitió la Circular Externa 20211700000004-5 (“la Circular”), mediante la cual estableció los lineamientos para la adopción obligatoria del Sistema Integrado de Gestión de Riesgos y sus Subsistemas de Administración de Riesgos por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (“IPS”) públicas, privadas y mixtas de los grupos B, C1, C2 y D1, vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud.

El Sistema Integrado de Gestión de Riesgos y sus Subsistemas le permite a las IPS identificar, evaluar, medir, controlar y monitorear eficazmente los riesgos a los que se encuentra expuesta en desarrollo de su actividad como Agente del Sistema de Seguridad Social en Salud. Como mínimo, deben ser priorizados los riesgos en Salud, Operacional, Actuarial, de Crédito, de Liquidez, de Mercado de Capitales, de Grupo y de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT/PADM).

El 15 de marzo de 2023 vence el primer plazo establecido para realizar el ciclo general de gestión de los riesgos en Salud y Operacional, de acuerdo con lo establecido en los numerales 1 y 2 de la Circular. El Subsistema de Administración de Riesgo en Salud debe contener por lo menos lineamientos específicos sobre la identificación, medición, evaluación, tratamiento y control del riesgo en Salud. Por su parte, el Subsistema de Administración de Riesgo Operacional, además de los lineamientos ya mencionados, debe contar con un Plan de Continuidad del Negocio para situaciones de emergencia o desastre.

En cuanto a la implementación del ciclo general de gestión de los riesgos de Crédito, Actuarial, de Grupo, de Mercado de Capitales, de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, su plazo máximo vence el 15 de septiembre de 2023.

Es importante recordar que, una vez culminen los plazos máximos estipulados para implementar los Subsistemas de Administración para cada uno de los riesgos prioritarios que conforman el Sistema Integrado de Gestión de Riesgos, la Superintendencia Nacional de Salud realizará requerimientos para verificar el cumplimiento de las etapas descritas en la Circular.

Si quieres saber más sobre el Sistema Integrado de Gestión de Riesgos y sus Subsistemas de Gestión de Riesgos, consúltanos y/o visita nuestros contenidos. *

*Datos de la práctica y/o modificación integral al sarlaft e implementación del sicof en el sector salud

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Escrito por: Adriana Bueno, Directora del grupo Riesgo & Cumplimiento y Nathaly Acero, Asociada.